ESTADO DE TERROR: ASIMETRIA PENAL Y ARRESTO OBLIGATORIO
Abel de Céspedes Gamero · 21 DICIEMBRE, 2016
Todo el mundo sabe que las detenciones son automáticas en el ámbito de la violencia de género, pero prácticamente nadie sabe la razón de que esto sea así. Los más versados en el estudio de la violencia de género suelen referirse a los protocolos policiales de actuación, pero en ellos no existe una sola frase que exija la detención automática de todos los hombres denunciados por violencia intrafamiliar. No falta quien fundamenta las detenciones generalizadas en un supuesto miedo de los agentes a ser mediáticamente linchados si el denunciado, por no haber sido detenido, tuviera la ocasión de cometer una agresión. Son las famosas detenciones “por si acaso”, pero la realidad es que esa razón – dudo que pueda ser calificada como tal- no puede justificar la implantación de una práctica policial estandarizada en todo el orbe occidental. Si ya es difícil que un agente justifique un arresto ante su jefe alegando que lo hizo “por si acaso”, resulta imposible concebir que todos los agentes occidentales, y al mismo tiempo, comenzaran a detener a todos los hombres por esa peregrina razón.
La práctica policial estandarizada de arrestar a todos los hombres denunciados por maltrato proviene de un experimento de criminalística realizado en Minneapolis en los primeros años 80. Lawrence W Sherman apreció que la detención inmediata de los hombres denunciados por maltrato tenía un notable efecto disuasorio, reduciendo a la mitad el riesgo de futuras agresiones durante un periodo de seis meses[1]. En condiciones normales cualquier experimento de criminalística debe ser confirmado mediante su replicación en alguna ocasión distinta, tal y como nos indica el profesor Vázquez[2], pero ello nunca sucedió con el experimento Minneapolis, y años después, su propio autor se vio obligado a cuestionarlo llegando incluso a admitir, que los intentos de replicar el experimento habían arrojado como resultado, que la detención inmediata de los denunciados no solo no provocaba un efecto disuasorio, sino que en muchos casos provocaba una reacción más violenta [3].
Los resultados del experimento Minneapolis fueron inmediatamente divulgados, por el aparato de propaganda feminista, que no quiso esperar a que el experimento fuera replicado y confirmado. Los resultados PRELIMINARES del experimento fueron publicados en la sección científica del New York Times, y seguidamente por más de 300 diarios de EEUU, así como en las tres principales cadenas de televisión norteamericanas, provocando que el fiscal general de violencia doméstica de EEUU recomendase a las agencias locales y estatales adoptar medidas a favor del arresto obligatorio en casos de violencia doméstica [4]. A través de la presión de los lobbies feministas consiguieron que el experimento Minneapolis fuera aceptado de una forma rápida y completamente acrítica [5]. En los ocho años siguientes 15 estados de EEUU habían promulgado leyes de arresto obligatorio (Mandatory Arrest Laws), cifra que se incrementó hasta 23 estados en 2005.
Es precisamente en 2005 cuando se produce un parón en la aprobación de leyes de arresto obligatorio, pero no tuvo nada que ver con que el experimento Minneapolis hubiera sido desmentido por su propio autor. Que se dejaran de aprobar leyes de arresto obligatorio fue provocado por el efecto paradójico de dichas leyes, al incrementar de manera notable los arrestos femeninos [6]. La Doctora Susan L Miller ha tratado de justificar ese incremento de arrestos femeninos a través de la teoría de la violencia primaria, según la cual, las mujeres solo recurren a la violencia para defenderse de una violencia primaria ejercida siempre por el varón. La Profesora Miller no tiene en cuenta que las cifras generales sobre criminalidad de mujeres han aumentado y que la mujer de la década de los setenta no es representativa de la mujer actual [7].
El sistema feminista radical detectó que la aplicación igualitaria de las leyes de arresto obligatorio causó un fuerte incremento de las detenciones femeninas. El feminismo comenzó a explorar vías para evitar la paradoja producida por las leyes de arresto obligatorio, y es en este contexto cuando comenzaron a reclamar la introducción de un principio de asimetría penal, como medio de evitar las detenciones femeninas. En esta línea se inscribe la Ley Integral de Violencia de Género aprobada en España en 2004. Dicha ley introduce el principio de asimetría penal agravando a la categoría de delito las conductas irrespetuosas o violentas exclusivamente desarrolladas por varones, pero dejando fuera de la categoría delictiva las mismas conductas desarrolladas por mujeres. El principio de asimetría penal ha conseguido eliminar el efecto paradójico de las leyes de arresto obligatorio: las mujeres no son detenidas en España, porque sus conductas no están tipificadas como delito.
En España, la política de generalización de las detenciones se ha combinado con el principio de asimetría penal, llevando a la instauración de un “Estado de Terror” para los hombres, que se ven acosados por la mujer y por la acción gubernativa. Los varones son conscientes de que los actos de violencia cometidos por la mujer no son delito, y se ven obligados a soportarlos. Igualmente, el varón es consciente de que basta una mera denuncia de la mujer para que se produzca su detención automática. No es la eventual condena lo que produce miedo en el hombre – más de un 80% de los denunciados no son condenados -. El terror en el hombre procede de la certeza de su detención automática. Una detención arbitraria y frente a la que no existe remedio legal alguno.
La conclusión es que los lobbies feministas, con su enorme poder consiguieron que los medios de comunicación de masas presionaran sobre los políticos para que aceptaran los resultados PRELIMINARES del experimento Minneapolis, sin debate alguno. Con ello dichos lobbies consiguieron implantar un sistema de detención automática de denunciados por violencia doméstica, que posteriormente fue modificado mediante la introducción del principio de asimetría penal, para lograr que las detenciones afectaran exclusivamente al varón.
El efecto perseguido con estas medidas no era una reducción de la violencia doméstica. Es muy ilustrativo que al implantarse en España la LIVG en 2004, los lobbies feministas ya conocían los resultados definitivos del experimento Minneapolis, que desde 1991 demostraban que la detención automática de la persona denunciada, lejos tener carácter disuasorio, incrementaba notablemente la violencia[8][9] hay que recordar que el año 2003, la Organización Mundial de la Salud había advertido de que el arresto obligatorio estaba generando un aumento de las agresiones. A pesar de ello, dichos lobbies no han dejado de reclamar el arresto indiscriminado de los varones con el único objetivo de generar un estado de terror en la población masculina, ante la certeza de su detención automática en caso de denuncia de una mujer. Ese estado de terror es uno de los medios que exteriorizan el inmenso poder los lobbies feministas radicales, capaces de conseguir que una medida que lamina claramente el derecho a la libertad personal, haya sido aceptada sin contradicción alguna, convirtiéndose en una práctica policial estandarizada en todo el orbe occidental sin que, ni siquiera los policías mas experimentados conozcan la base que sustenta esas detenciones automáticas.
El inmenso aparato de propaganda feminista radical consiguió que un estudio PRELIMINAR fuera publicado por mas de trescientos medios de prensa y varias televisiones para presionar a la clase política y ha sido ese mismo aparato el que ha conseguido que no se diera cobertura informativa de los resultados DEFINITIVOS del experimento Minneapolis que desmienten sus conclusiones preliminares. Es evidente que la fuerte financiación pública y privada del los lobbies feministas radicales, genera una desigualdad de medios de tal envergadura que barre cualquier oposición.
ACLARACIÓN
Después de escribir este artículo, se me sugiere que existen remedios jurídicos frente a una detención ilegal, el «HABEAS CORPUS». Concretamente se me indica la STC/32/14. Esta Sentencia no supuso más que una reparación de orden moral, dado que el detenido siguió aquella noche privado de libertad y la sentencia llegó varios meses después de que, al día siguiente, fuera puesto en libertad sin cargos durante la tramitación normal del procedimiento. En otras palabras, el «Habeas Corpus» no libró al detenido de pasar la noche en un calabozo nauseabundo. De hecho, es el único «habeas corpus» interpuesto durante los diez primeros años de vigencia de la Ley de Violencia de Género. Basta leer esa sentencia para saber que jueces y policía son inmunes frente a los efectos del «habeas corpus», pues la propia sentencia confirma que la Juez ni siquiera acudió al juzgado a entrevistar al detenido (en los pueblos las guardias son domiciliarias) y, en su lugar, mandó a la Secretaria del juzgado.
Se me indica también que existe un pequeño porcentaje de hombres que no han sido detenidos tras una denuncia de violencia de género. La tasa de supervivencia al cáncer es mucho mayor que la proporción de hombres denunciados que se libran de una detención. Ciertamente el terror psicológico a padecer una denuncia de violencia de género no es tan intenso como recibir la noticia de que se padece cáncer, pero no debe andar muy alejada. Afortunadamente la tasa de supervivencia a una denuncia de violencia de género alcanza el 80%, lo cual es una tasa muy superior a la curación del cáncer. Esta última cifra explica precisamente que el feminismo radical se ha centrado en las detenciones gubernativas para implantar un régimen de terror entre los hombres, sin tener que someterse a los rigores de la prueba en el proceso judicial, cuando múltiples estudios científicos internacionales criminológicos han demostrado que la violencia en relaciones de pareja es bidireccional, dichos estudios también han demostrado que las mujeres que maltratan suelen hacerlo habitualmente con niños y ancianos.
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Fuentes:
[1] Informe mundial sobre la violencia y la salud (publicación científica y técnica 588 – año 2003). ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD -Pan American Healt Organization- PAG. 115. “El apoyo al arresto como medio de reducir la violencia doméstica recibió impulso a partir de un experimento de investigación realizado en 1984 en Minneápolis (Estados Unidos), en el cual la detención del agresor reducía a la mitad el riesgo de futuras agresiones durante un período de seis meses, por comparación con las estrategias de separar a las parejas o asesorarlas para que buscaran ayuda. Estos resultados se divulgaron ampliamente y dieron por resultado un notable cambio en las políticas policiales hacia la violencia doméstica en todo Estados Unidos. Los esfuerzos para reproducir los resultados de Minneápolis en otras cinco zonas del país, sin embargo, no lograron confirmar el valor disuasivo del arresto. En los estudios nuevos se comprobó que, por término medio, el arresto no era más eficaz para disminuir la violencia que otras respuestas policiales, tales como expedir advertencias o citaciones, proporcionar orientación a las parejas o separarlas. El análisis detallado de esos estudios también arrojó algunos otros resultados interesantes. Cuando el agresor estaba casado o tenía empleo, el arresto disminuía las agresiones; pero si estaba desempleado y no se había casado, el arresto en realidad conducía al aumento del maltrato en algunas ciudades. La repercusión del arresto también varió según la comunidad. El arresto resultaba disuasivo para los hombres que vivían en comunidades con poco desempleo, independientemente de su situación laboral individual; los sospechosos que vivían en zonas con gran desempleo, sin embargo, eran más violentos después del arresto que cuando solo habían recibido una advertencia (159). Estos resultados han llevado a algunos a poner en tela de juicio la idoneidad de las leyes de arresto obligatorio en zonas de pobreza concentrada”.
[2] Efectos preventivos generales de las penas privativas de libertad ante la violencia de género. Carlos Vázquez González (2008) “la criminología establece como una de sus reglas básicas que, para que los resultados de una investigación empírica sean aceptados como válidos, el estudio debe ser replicado con éxito al menos en algún lugar adicional de aquel para el que fue diseñado.
Esto se llevó a cabo, y replicaciones sucesivas del experimento de Minneapolis en otras localidades no obtuvieron resultados consistentes…
[3] “Los resultados del experimento sobre violencia domestica no han sido, no obstante, corroborados por replicas posteriores. Por ahora, tres replicas no han encontrado efecto disuasorio alguno, mientras que otros dos encuentran alguna evidencia de un cierto efecto disuasorio junto a evidencia de lo contrario. Mi propia réplica del experimento en Milwaukee, que no encontró efecto general, descubrió así mismo que esto reflejaba dos reacciones diferentes: la detención servía para disuadir a los sujetos que tenían empleo, mientras que a los desempleados los hacía mas violentos.” Lawrence W. Sherman “El Papel de la criminología en la actuación policial y la prevención del delito en los Estados Unidos” (1991)
[4] Oswaldo Orna Sánchez: FACTORES DETERMINANTES DE LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SUS IMPLICANCIAS Análisis de los estudios estadísticos sobre la Violencia Familiar en el distrito de San Juan de Lurigancho (Lima), Callao y otras ciudades del país” UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA UNIDAD DE POSGRADO
[5] Revista Electrónica Semestral del Programa Mujeres, Género y Derechos Humanos. Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. VOL. I Nº 02 Julio 2013
[6] Suan L Miller Profesora del Departamento de Justicia Criminal de la Universidad de Delaware “la paradoja de la violencia de las mujeres en las relaciones” las detenciones de mujeres por asalto aumentaron mas del 40% en la última década (…) algunos estudios indican que, por primera vez en la historia la tasa reportada de violencia entre hombres y mujeres es casi igual.
[7] Timothy Williams The New York Times (17/08/2016: en 1970 había 8.000 mujeres presas en EEUU. En 2014 la cifra se había incrementado hasta las 110.000.
[8] “…otros estudios establecieron que la prisión no auguraba un resultado preventivo a largo plazo sino que, por el contrario, podía tener un efecto de “escalada” Revista Electrónica Semestral del Programa Mujeres, Género y Derechos Humanos. Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. VOL. I Nº 02 Julio 2013
[9] Las Mandatory arrest Laws incrementan la cantidad de homicidios entre cónyuges. Este estudio proporciona evidencia de que estas leyes pueden tener efectos perjudiciales sobre la violencia de pareja, perjudicando a las mismas personas que tratan de ayudar. Radha Iyengar Center for Government and International Studies, Harvard University ¿tiene la certeza de que la detención reduce la violencia doméstica? (2007).