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Diferencia entre Antecedentes Policiales y Antecedentes Penales

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Desafortunadamente, cuando se habla de antecedentes, normalmente la gente no sabe diferenciar entre Antecedentes Policiales y Antecedentes Penales.

¿Qué son los Antecedentes Policiales?

Son denuncias, registros que se hacen en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (comisarías), en donde se deben hacer investigaciones al respecto ante posibles delitos que se hayan podido cometer, pero NO significa que el denunciado en cuestión sea culpable.

¿Qué son los Antecedentes Penales?

También son registros, registros sobre sanciones impuestas a través de Sentencias Judiciales, cuando has cometido un delito pero en este caso, has sido declarado culpable por un Juez o un Tribunal.

El indicio no significa que haya habido delito, lo hace la prueba. El indicio sólo da pie a la investigación o al juicio. El problema de la Ley Integral de Violencia de Género es que aún sin haber indicios, con la palabra de una mujer es sólo suficiente para detener al hombre. Si NO hay indicios, hay contradicciones o son insuficientes, normalmente se archiva, se declara sobreseimiento o incluso se rechaza la denuncia. Aún habiéndolos, si se celebra juicio y sale absuelto, será porque no queda demostrada la acusación. En ambos casos, la «Presunción de Inocencia» debe quedar por encima de todo, no lo decimos nosotros, lo dice el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Constitución Española y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Por eso, un hombre heterosexual puede tener Antecedentes Policiales de Violencia de Género aún siendo inocente, porque denunciar es muy fácil y no tener Antecedentes Penales, porque NO ha sido declarado culpable por ningún juez o tribunal.

¿FIRMAR CONFORMIDAD?: Con respecto a «Firmar conformidad», si eres INOCENTE, te recomendamos que NUNCA la firmes. Muchos hombres terminan firmando conformidad por presiones del fiscal, del juez, de su abogado, los cuales les prometen para librarse de una condena, servicios a la comunidad o algo similar, desconociendo las consecuencias que tiene. En el momento que firmas conformidad, estás afirmando que eres CULPABLE, en ese momento, pasarás a tener «Antecedentes Penales» y perderás la oportunidad de optar a la custodia compartida o exclusiva de tus hijos. Por todo ello, si eres INOCENTE, te recomendamos que defiendas tu inocencia hasta el final.

Hombres presos por denuncias falsas. Antecedentes Policiales.

BORRADO Y ELIMINACIÓN DE ANTECEDENTES POLICIALES

DERECHO DE SUPRESIÓN DE DATOS DEL FICHERO «PERPOL»
El artículo 18.4 de la Constitución Española reconoce el derecho fundamental a la protección de datos personales. Dicho procedimiento tiene por objeto dar a conocer el mecanismo, en el ámbito del Ministerio del Interior, para el ejercicio de los derechos que la legislación vigente otorga a los ciudadanos.

Los derechos que se relacionan a continuación son de carácter personalísimo e independiente, de tal forma que el ejercicio de uno no es requisito para el ejercicio del otro, estando regulados en la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales.

El ejercicio por el afectado de sus derechos será gratuito.

Si finalmente tus causas se archivan , se sobreseen, son denegadas en el juzgado, si no le han concedido ninguna petición de orden de alejamiento a tu ex y las sentencias y resoluciones judiciales son firmes, puedes solicitar la eliminación de tus «Antecedentes Policiales». Podrás hacerlo presentando la solicitud en cualquier Comisaría de Policía Nacional o digitalmente.

Documentos necesarios para eliminar tus «Antecedentes Policiales» si eres INOCENTE (recordamos que si el hombre no ha sido condenado en función a la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el hombre es INOCENTE):Nombre y apellidos del interesado.

  • Petición en que se concreta la solicitud.
  • Fecha y firma del solicitante.
  • Documentos acreditativos de la petición que formula.
  • En el caso de que la solicitud no reúna los requisitos especificados, se solicitará la subsanación de los mismos.
  • La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
    • Copia del DNI
    • Certificaciones judiciales o copias compulsadas de las mismas, que acrediten la firmeza de las resoluciones y finalización de los procedimientos respecto al antecedente o antecedentes que se desean suprimir.

En este vídeo nuestro Vicepresidente Jesús Muñoz te explica cómo eliminar los antecedentes POLICIALES del sistema Viogen

OJO! porque nos hemos encontrado casos en que hay mujeres, para que su pareja tenga constantemente «causas abiertas» y así poder perjudicarle en el divorcio, con la custodia de los hijos, etc.. su estrategia es denunciarle constantemente en comisaría o ir a los hospitales tras una auto-lesión para culparle, diciendo que ha sido él. Te recomendamos llevar contigo siempre encima un GPS, pagar con tarjeta de crédito, etc..

Tener Antecedentes Policiales en España los puede tener cualquiera aún siendo INOCENTE, sobre todo y a pesar de dos leyes que violan en España la «Presunción de Inocencia» y la igualdad ante la ley, «LIVG» (Ley Integral de la Violencia de Genero) y la «Ley del Sí es Sí», en ambas se puede denunciar con tan solo la palabra de una mujer, aunque ésta no tenga prueba alguna y el hombre es automáticamente detenido. Ambas leyes están basadas en Derecho penal de Autor, en donde se condena y se juzga al denunciado con agravantes por ser quién es (hombre heterosexual), pero no en función al delito que ha cometido. Se supone que las denuncias falsas deben ser perseguidas tanto por fiscalía como por los jueces, pero no es así, puede que una de las razones de la Fiscalía sea porque depende del Gobierno y del los Jueces porque el Comité Disciplinario que sanciona a los jueces está compuesto entre otros por el «Observatorio de Violencia de Género» el cual depende del Ministerio de «Igualdad» (ahora ya entendemos por qué Doña Irene Montero puede tildar a los jueces de machistas sin que le suceda nada ni ello tenga consecuencias para ella Inocente Duke lo explica en este vídeo). También puede ser porque por LEY hay que darle una «perspectiva de género», lo cual viola el artículo 14 de la Constitución Español y el artículo 20 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, al ser parcial a la hora de determinar una resolución judicial y penaliza y discrimina por haber nacido con genitales masculinos y ser heterosexual.

Recordemos además, que la Ley Integral de Violencia de Género 1/2004, impone un agravante por ser hombre heterosexual, en dicha Ley se añade la «perspectiva de género», violando una vez más la «Igualdad Ante la Ley»:

Artículo 3, a) Que introduzca en el escenario social las nuevas escalas de valores basadas en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y de la igualdad entre hombres y mujeres, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, todo ello desde la perspectiva de las relaciones de género.

Por ello, con esta Ley, por desgracia, es muy fácil tener Antecedentes Policiales, que NO Penales. El caso es que las cifras no cuadran, si 8 de cada 10 mujeres asesinadas por su pareja o expareja hombre hetero nunca denunciaron y existen unas 160.000 denuncias al año de «Violencia de Género» de las cuales más del 80% son declarados INOCENTES, ¿quiénes denuncian? ¿se están persiguiendo las denuncias falsas o denuncias instrumentales por parte de fiscalía o del Poder Judicial? Todo esto está teniendo unas consecuencias devastadoras en España que afectan directamente a las mujeres realmente maltratadas a las cuales se les están quitando recursos y no están siendo protegidas, además de a niños, hombres y familias enteras.

Organigrama Infografía Comisión Disciplinaria Poder Judicial Jueces en España. Observatorio Violencia Genero.
Organigrama Infografía Comisión Disciplinaria Poder Judicial Jueces en España. Depende en parte del Observatorio Violencia Genero, el cual depende del «Ministerio de Igualdad». Este organigrama demuestra que no hay Separación de Poderes en España y que el Poder Judicial NO es Independiente, lo cual viola el Estado de Derecho.

 

Añadir que algo que se está aplicando de manera administrativa y que va también en contra de dicha «Presunción de Inocencia» es que a muchas mujeres se les está otorgando la «condición de mujer víctima de violencia de género», aunque UN TRIBUNAL O UN JUEZ HAYAN DECLARADO INOCENTE AL HOMBRE, hay casos en los que la mujer tiene todas las sentencias o resoluciones judiciales en contra, en algunos casos incluso habiéndoles retira la custodia de los hijos y aún así se ha prevaricado por parte de las instituciones, otorgando a estas mujeres dicha condición. Ellos se basan en que es un título administrativo, pero SI NO HAY CULPABLE, NUNCA PUEDE HABER VÍCTIMA y dichas acreditaciones se están utilizando de manera espuria en administraciones, juzgados por parte de estas mujeres, las cuales les están quitando recursos a las mujeres realmente maltratadas.

Nos preguntamos, ¿por qué se habla de perspectiva de género sólo y exclusivamente cuando una mujer es maltratada o asesinada por su pareja o expareja, hombre heterosexual, pero no por su hermano, su tío, su abuelo, su compañero de piso, su hijo..? ¿Por qué se crea una ley específicamente para mujeres heterosexuales en relación a su pareja o expareja heterosexual, pero se ignoran el resto de mujeres cuando son maltratadas, asesinadas por su compañero de piso, su novia, su hermano, su tía, su tío, su primo, su hermana? ¿Por qué al resto de víctimas de Violencia Doméstica se les aplica otra Ley?¿Por qué se aplica una Ley diferente si somos todos IGUALES ante la LEY? ¿Por qué no se estudian las causas en relación al maltrato y los asesinatos a través de estudios hechos por criminólogos y no por «feministas»? ¿Por qué sólo existen recursos, ayudas y profesionales gratis para las mujeres maltratadas por su pareja o expareja hombre heterosexual pero para ninguna otra víctima del entorno doméstico? Es más ¿por qué si de repente el hombre decide «percibirse como mujer» se le deja de aplicar automáticamente la Ley Integral de Violencia de Género y se le aplica la Ley de Violencia Doméstica? Es todo tan absurdo que daría risa, si no se estuvieran arruinando y destruyendo miles de vidas humanas en España cada año, si no se estuvieran desprotegiendo y utilizando el dolor y el sufrimiento de las mujeres realmente maltratadas para un propósito millonario, hombres arruinados por las multiples denuncias que le son interpuestas de manera espuria, niños maltratados, abuelos…. a través de una Violencia Institucional promocionada por miles de euros al año, subvenciones que no son auditadas, que provocan miles de suicidios de hombres al año y miles de Antecedentes Policiales que son instrumentales.

Hasta en la Ley de Protección a la Infancia 8/2021 en donde se incorpora «la perspectiva de género», Artículo 4, i) «Incorporación de la perspectiva de género en el diseño e implementación de cualquier medida relacionada con la violencia sobre la infancia y la adolescencia»

Si queremos proteger a las mujeres realmente maltratadas, el Estado debe perseguir las denuncias instrumentales de mujeres sin escrúpulos que se están aprovechando de manera retorcida y espuria de una Ley que incentiva y oculta dichas denuncias mientras se arruinan vidas de niños, hombres y familias enteras. Necesitamos leyes inclusivas, no exclusivas, leyes que condenen a todos los verdugos por igual independientemente de su sexo, edad, etnia u orientación sexual y que defiendan y protejan a todas las personas por igual. Porque todas las víctimas son importantes.

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