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Crisis matrimonial en España vinculada a la Ley de Violencia de Género ‘VioGen’

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Desde DAVIA, Alianza Internacional para Acabar con la Violencia Doméstica, a la que pertenece ANAVID, nos han enviado este artículo con datos abrumadores sobre el efecto que está teniendo la «Ley de Violencia de Género» y la «Ideología de Género» en las cifras de matrimonios en España. Dicho artículo solicita a los Miembros del Parlamento Europeo, que no apoyen el Convenio de Estambul, el cual se basa en una ideología discriminatoria y en leyes basadas en el Derecho Penal de Autor.

13 de febrero de 2023: los estudios a gran escala han encontrado que las parejas que están en una relación casada tienen índices sustancialmente más bajos de violencia doméstica, en comparación con las parejas que no están casadas y tienen una relación de noviazgo (1, 2). La introducción de la Ley de Violencia de Género conocida como “VioGen” o «LIVG» (3) en España, ha precipitado una rápida caída en la tasa de nupcialidad en ese país. Esto plantea la preocupación de que una ley diseñada para reducir la violencia de pareja, en realidad la haya aumentado.

Antes de la entrada en vigor de la ley VioGen, los descensos en la tasa de nupcialidad española por cada 1.000 personas eran pequeños (4):

• 1980: 5,9 matrimonios

• 1990: 5,7 matrimonios

• 2000: 5,4 matrimonios

Tras la aprobación de la «Ley Integral de Violencia de Género» en diciembre de 2004, España fue testigo de un descenso dramático en sus tasas de matrimonio:

• 2005: 4,7 matrimonios

• 2010: 3,6 matrimonios

• 2020: 1,9 matrimonios

Antes de 2004, la tasa de nupcialidad de España se situaba por encima de la media en Europa. Actualmente, según Eurostat (5), España tiene la tercera tasa de nupcialidad más baja del continente. Esta noticia ha desencadenado un amplio debate público sobre la “crisis matrimonial” en España (6, 7, 8).

Desde entonces, la Ley VioGen ha provocado una ola de procesos judiciales contra los cónyuges (hombres). De 2004 a 2022 se han interpuesto más de 2,2 millones denuncias por «violencia de género» y de todas esas denuncias, más de de 1,7 millones de hombres terminaron siendo declarados inocentes (9). En otras palabras, el 75% de las personas, acusadas de «violencia de género» y obligadas a abandonar sus hogares, finalmente resultaron INOCENTES.

Estas farsas legales (Denuncias Instrumentales) están afectando directamente sobre la decisión de los hombres de casarse y crear familias. Las tasas de fecundidad en España se han reducido ahora a 1,23 por mujer, muy por debajo de la tasa de reemplazo de 2,1. (10)

Un análisis de la «Ley de Violencia de Género» revela tres defectos principales:

1. Es una ley que aborda y tiene en cuenta exclusivamente la violencia sólo contra las mujeres, pero exclusivamente cuando se trata de su pareja, expareja hombre, o marido o exmarido, aunque las investigaciones muestran que hombres y mujeres tienen la misma probabilidad de ser víctimas de violencia doméstica (11).

2. Ignora la presunción de inocencia y otras protecciones y garantías del debido proceso judicial, así como la igualdad ante la ley.

3. No prevé el uso de asesoramiento, aunque la terapia es el enfoque recomendado para abordar los casos menores de abuso doméstico (12).

Irónicamente, el Convenio de Estambul, que actualmente está siendo considerado por el Parlamento Europeo, comparte los mismos tres defectos.

Stop Convenio Estambul Unión Europea. DAVIA. ANAVID

La Coalición Internacional para la Defensa de la Familia ha desarrollado una petición que acusa a la Convención de Estambul de “socavar la familia y el matrimonio”. (13) Asimismo, destacados diputados al Parlamento Europeo han denunciado que el Convenio “genera prejuicios y desconfianza, imposibilitando la convivencia pacífica en el seno de la familia”. (14)

La Alianza Internacional contra el Abuso y la Violencia Doméstica insta a los miembros del Parlamento Europeo a corregir los tres defectos principales del Convenio de Estambul antes de someter el tratado a votación.

La Alianza Internacional contra el Abuso y la Violencia Doméstica (DAVIA) consta de 71 organizaciones miembros de 26 países de África, Asia, Australia, Europa, América Latina y América del Norte. DAVIA busca garantizar que las políticas de abuso y violencia doméstica estén basadas en la ciencia, que afirmen a la familia e incluyan el género. http://endtodv.org/coalitions/davia/

Fuentes:

1. https://www.ncbi.nlm.nih.gov/pmc/articles/PMC5993370/

2. https://bmcpublichealth.biomedcentral.com/articles/10.1186/1471-2458-11-109

3. https://es.wikipedia.org/wiki/Ley_Org%C3%A1nica_de_Medidas_de_Protecci%C3%B3n_Integral_contra_la_Violencia_de_G%C3%A9nero

4. https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=Marriage_and_divorce_statistics

5. https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=File:Crude_marriage_rate.png

6. https://vlex.es/topics/efectos-de-la-crisis-matrimonial-963241

7. https://www.elpradopsicologos.es/blog/crisis-matrimonial/

8. https://www.religionenlibertad.com/vida_familia/789502404/cinco-senales-matrimonio-crisis-consejos-superarla.html

9. https://www.saveservices.org/2023/02/consecuencias-de-la-ley-de-violencia-de-genero-y-ideologia-de-genero-en-espana/

10. https://www.statista.com/estadisticas/271051/tasa-de-fecundidad-en-espana/

11. http://endtodv.org/pr/men-and-women-in-europe-are-equally-likely-to-be-victims-of-domestic-violence-research-shows/

12. https://www.springerpub.com/gender-inclusive-treatment-of-intimate-partner-abuse-9780826196774.html

13. https://www.stopgenderconvention.org/

14. https://www.publicnow.com/view/EE8611C20C8316FDCD14C01E1

Publicación del artículo original en inglés: https://endtodv.org/pr/marriage-crisis-in-spain-linked-to-viogen-domestic-violence-law/

Violencia Institucional en España debido a la Ley de Violencia de Género. Informes falsificados trabajadores sociales

Desde ANAVID nos hemos unido a esta iniciativa enviando un escrito a los miembros del Parlamento Europeo para que no apoyen dicho convenio que será votado el 14 de febrero de 2023, por las siguientes razones (Descarga Solicitud ANAVID oposición Convenio Estambul Unión Europea):

«Desde ANAVID, Asociación Nacional de Ayuda a Víctimas de Violencia Doméstica, Adscrita al Protectorado del Ministerio del Interior inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: Sección 1ª Número Nacional: 623682, con NIF G-16938847, con domicilio social Paseo de la Castellana, 194. 28046 -Madrid (España), y como Asociación adherida a La Alianza Internacional contra el Abuso y la Violencia Doméstica

Solicita que se opongan al Convenio de Estambul, ya que son leyes injustas de violencia doméstica donde se socava a la familia y se desalienta a los hombres a casarse.

Bajo el pretexto de promover los derechos humanos, la Convención de Estambul busca borrar la existencia de hombres víctimas de violencia doméstica, eliminando efectivamente los derechos humanos de estas personas, eliminando asimismo los derechos humanos de los niños perjudicados por estas leyes, así como de los familiares. Debido a estas leyes, los juzgados están saturados de “Denuncias Instrumentales”, dejando desamparadas y sin protección alguna a las mujeres realmente maltratadas, cuyas cifras siguen sin descender. Con estas leyes se están violando Derechos Constitucionales, Fundamentales y Humanos, al atentar contra los artículos de “Igualdad ante la Ley” y “Presunción de Inocencia”. Asimismo, se está atentando contra la Familia (Artículo 8, Convenio Europeo):

    «1. Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia.

  1. No podrá haber injerencia de la autoridad pública en el ejercicio de este derecho, sino en tanto en cuanto esta injerencia esté prevista por la ley y constituya una medida que, en una sociedad democrática, sea necesaria para la seguridad nacional, la seguridad pública, el bienestar económico del país, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, o la protección de los derechos y las libertades de los demás.”

Las consecuencias de las Leyes de Violencia de Género y la Ideología de Género están siendo devastadoras en España, tanto para víctimas reales, como familias enteras.

Según el Derecho del Consejo de Europa y el principio de igualdad (I.2.1.):

“En noviembre de 1959, la Asamblea examinó dos proyectos de texto de un artículo 6 relativo a la igualdad ante la ley. Con arreglo a la variante A: “Todas las personas son iguales ante la ley. La ley debe garantizar a todas las personas una protección igual y eficaz”. Con arreglo a la variante B: “Todas las personas son iguales ante la ley. Nadie puede ser objeto, por parte del Estado, de discriminaciones basadas en particular en el sexo, la raza, el color, la lengua, la religión, las opiniones políticas u otras, el origen nacional o social, la pertenencia a una minoría nacional, la fortuna, el nacimiento o cualquier otra situación”.”

Según Sentencia del TEDH en el “caso Boddy y Lanni vs. España” en relación a la “Presunción de Inocencia”:

“Fundamentos destacados: 38. De entrada, el TEDH recuerda que se menosprecia la presunción de inocencia si una decisión judicial que afecta a un procesado refleja la sensación de que éste es culpable, cuando en realidad su culpabilidad no ha sido previamente establecida legalmente (Allen c. Reino Unido [GC], no 25424/09, § 93, CEDH 2013).

  1. […] no puede admitirse que se siembren sospechas sobre la inocencia de un acusado tras una absolución que haya adquirido carácter de firmeza (Sekanina, anteriormente citada, § 30). Una vez que la absolución es firme –aunque se trate de una absolución con el beneficio de la duda– conforme al artículo 6 § 2 del Convenio, la siembra de dudas sobre la culpabilidad, incluidas aquellas respecto de las causas de la absolución, no son compatibles con la presunción de inocencia (Rushiti, anteriormente citada, § 31). En efecto, unas decisiones judiciales posteriores o unas declaraciones que emanen de Autoridades públicas pueden plantear un problema desde la perspectiva del artículo 6 § 2 anteriormente citado si equivalen a una declaración de culpabilidad que ignora, deliberadamente, la absolución previa del acusado.
  2. El TEDH apunta que, en aplicación del principio in dubio pro reo, ninguna diferencia cualitativa debe existir entre una absolución fundada en una inexistencia de pruebas y una absolución resultante de una constatación de la inocencia de manera incontestable. En efecto, las sentencias absolutorias no se diferencian en función de los motivos aducidos por el Juez de lo penal. Muy al contrario, en el ámbito del artículo 6 § 2 del Convenio, la parte resolutiva de una sentencia absolutoria debe ser respetada por toda Autoridad que se pronuncie de manera directa o incidente sobre la responsabilidad penal del interesado (Allen, anteriormente citada, § 102, Vassilios Stavropoulos c. Grecia, no 35522/04, § 39, 27 de septiembre de 2007). Exigirle a una persona que aporte la prueba de su inocencia en el marco de un procedimiento indemnizatorio por detención provisional se presenta como irrazonable y revela un atentado contra la presunción de inocencia. (Capeau c. Bélgica, no 42914/98, § 25, CEDH 2005-I).”

1) ROGAMOS se abstengan de ratificar el Convenio de Estambul, o si ya lo han hecho, considerar retirarse del mismo, como ya hicieron Polonia y Hungría por violar Derechos Fundamentales, Humanos y Constitucionales, basándose en pura ideología discriminatoria. Una ideología en la que NO importan las víctimas, sólo importa quiénes son los agresores, una ideología en la que se discrimina a las propias víctimas, catalogándolas como víctimas de primera o de segunda dependiendo de quién las maltrate o asesine. ¿Por qué importa si la víctima es mujer asesinada o maltratada por su marido, pero no si es una mujer asesinada o maltratada por su novia, por su hijo, su madre..?

2) ROGAMOS que se opongan a la adhesión de la Unión Europea al Convenio de Estambul.

3) ROGAMOS que se opongan a otras leyes sobre violencia doméstica que se basen en el modelo marxista de “poder y control”, basadas en Derecho Penal de Autor.

#StopViolenciaDomestica

#StopConvenioEstambul

#LeyIgualParaTodos

#DerechosFundamentales

#DerechosConstitucionales

#DerechosHumanos

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