¿Sabes que puedes denunciar / poner una queja a Trabajadores Sociales, Educadores Sociales, Psicólogos, Abogados, etc.. ante su Colegio Oficial si infringen alguno de los puntos del código deontológico, como por ejemplo falsificar informes, omitir información relevante, ser parciales, etc..? Se pueden poner quejas oficiales ante dichos Colegios y en este post te contamos cómo lo puedes hacer correctamente, es gratis.
Por desgracia nos están llegando a la asociación papás los cuales han sido perjudicados por informes de trabajadores sociales, educadores sociales, abogados, psicólogos, los cuales han determinado en sus informes que su ex-pareja era «víctima de Violencia de Género» tan sólo con la palabra de ella, sin ninguna prueba fehaciente, en algunos casos, incluso teniendo la mujer las sentencias y resoluciones judiciales en contra e incluso habiéndoles retirado la custodia del hijo, incluso en algunas ocasiones se han falsificado informes para culpar a un papá de algo. Algunos de estos «supuestos» profesionales a veces trabajan en hospitales reconocidos, trabajan para instituciones públicas como Ayuntamientos o Comunidades Autónomas, no sabemos si dichos hospitales e instituciones están al tanto de ello o no, si lo saben no hacen nada el respecto, pero nos sentimos en la obligación informar y ayudar a aquellas víctimas que han sido perjudicados por este tipo de profesionales que han cometido «mala praxis». Recordamos por ejemplo que en el año 2022 condenaron a la Junta de Andalucía porque sus Servicios Sociales a través de psicólogos y trabajadores sociales, falsificaron informes por los cuales un papá inocente pasó 3 años en la cárcel siendo INOCENTE. Dichos informes determinaban que este hombre había abusado de su hijo sexualmente y era MENTIRA, todo fue manipulado por dichos Servicios Sociales y sus «profesionales».
Si eres víctima de estos profesionales que trabajan en algún Hospital, en los CAPSEM (son redes que dan apoyo a las mujeres víctimas, en Madrid, por ejemplo , se llaman CAPSEM) y tienes pruebas de ello, puedes denunciarles ante sus Colegios. Es curioso porque supuestamente, en España, TODOS somos IGUALES ante la Ley y TODOS tenemos los mismos DERECHOS, pero si eres niño maltratado (por tu madre, hermana, et..) u hombre maltratado (por tu mujer, por tu novio, por tu hija etc.), incluso si eres mujer maltratada por tu pareja mujer, por tu hermano, por tu tío, etc.. NO hay nadie que te ayude, ninguna institución te dará ayudas, ni pondrá a tu disposición redes de psicólogos, trabajadores sociales, abogados, etc.. pero esa es otra historia de la que hablaremos en otro post.
La falsificación de documentos, informes, hacer informes parciales con carencia de veracidad y de carácter espurio, etc.. puede ser, además constitutivo de un posible delito de «prevaricación administrativa» y «falsedad documental»:
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La “prevaricación administrativa” está recogida en el artículo 404 del código penal, donde se tipifica entre otras cosas que no puede dictarse una resolución administrativa, no adecuada a derecho, cuya ilicitud sea en tal grado que pueda calificarse de manera notoria y evidente, como «injusta» o, como actualmente la define el artículo 404 del código penal de resolución arbitraria. En este caso se ha dictado una resolución administrativa a sabiendas de su ilicitud, con intención deliberada y plena, con conciencia de la ilegalidad del acto realizado, o sea, concurriendo los elementos propios del dolo.
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El delito de la “falsedad documental” se recoge en los artículos 390 al 399 del código penal y se comete cuando el autor altera, simula, modifica o falsifica un documento o parte del mismo. Se considera falsedad documental tanto la creación de un documento nuevo a partir del falso como la adulteración de uno de los elementos del documento y para su comisión se requiere la existencia de dolo falsario. El art 390 del Código Penal, señala como conducta típica del delito cualquiera de las siguientes:
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Alterar un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
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Simular un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
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Suponer en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuir a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
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Faltar a la verdad en la narración de los hechos.
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¿CÓMO PONER UNA QUEJA CONTRA UN TRABAJADOR SOCIAL, EDUCADOR SOCIAL, PSICÓLOGO O ABOGADO ANTE SUS COLEGIOS?
- Si has conseguido de manera legítima informes de dichos profesionales (en un juzgado, por ejemplo) y dichos informes te perjudican de manera espuria e infundada. Por ejemplo, la trabajadora social determina que tu ex mujer es «víctima de violencia de género» con tan solo la palabra de ella sin aportar tan sólo una prueba y dichos informes se presentan en un juzgado, o dicha trabajadora social testifica en un juicio y todo ello te perjudica o va contra ti de manera infundada, o se presentan en instituciones para conseguir la «condición de mujer maltratada», o perjudica a alguno de tus hijos, etc..
- Tienes que recopilar todas las pruebas que tengas (no vale con tu palabra): Sentencias o resoluciones judiciales, informes periciales, correos, whatsapps, grabaciones de audio o vídeo, declaraciones en la sala del juzgado, informes de la policía (Agentes Tutores, UFAM, UDAC..), etc..
- Después de ello debes leerte el código deontológico de cada uno de los Colegios a ver qué artículos o puntos se han podido violar e incumplir por el profesional. ¡OJO!, porque en cada Comunidad Autónoma existen Colegios diferentes y tendrás que ir a la que te corresponda y en donde se haya cometido la supuesta infracción por parte del profesional. Por ejemplo, el Colegio de Trabajadores Sociales de Madrid es este
- Poner la queja contra el Trabajador Social, Educador Social, Abogado o Educador Social, adjuntando en dicha queja:
- Breve presentación con datos personales como nombre, DNI, dirección a efectos de notificaciones y correo electrónico si deseamos que se nos informe por correo electrónico.
- Resumen del caso para ponerles en situación con fechas, datos, etc..
- Decir que en función a «xxxxx» quieres interponer una queja contra El trabajador Social, el abogado, etc.. (Nombre, Apellidos y número de colegiado)
- Pruebas que demuestren que el informe o declaración del profesional carece de fundamentos y carece de imparcialidad.
- Debes especificar qué puntos o artículos del Código deontológico ha violado o infringido y los copias y pegas tal cual y en cada uno de ellos explicas por qué crees que el profesional ha infringido dicho artículo.
- Recomendamos también añadir citas específicas de las sentencias o resoluciones judiciales que soporten lo que estás diciendo, o citas de informes policiales, etc..
- Añade fotocopia de tu DNI
- Añade la misma queja que estás interponiendo en un documento pdf firmado por ti si lo envías por correo electrónico, así tendrán la carta firmada de manera formal, además del correo que les envías.
- Y además, es recomendable mencionar en la queja lo siguiente:
Por último, firma la carta y envíala.
En la carta es importante que hagas una lista de los documentos o archivos que vas a enviar, especificando en la lista y en cada uno de los documentos que envías, Documento 1, Documento 2, Documento 3, etc… para que el Colegio de Profesionales al cual envías la queja pueda tener de forma ordenada y sea más fácil para ellos estudiar el caso.
Siguiente paso: Cuando recibas contestación por parte del Colegio Oficial correspondiente sobre la queja formal que has puesto, si dicen que han recibido toda tu documentación y van a mirar el caso, si es un trabajador social de un hospital, debes informar al hospital, enviando la carta respuesta de ellos con toda la documentación para poner en conocimiento de dicho hospital lo sucedido, si es alguien de un CAPSEM (redes de atención a mujeres que pertenecen a los Ayuntamientos), debes enviar una carta a través de registro (para que quede constancia oficial) al Ayuntamiento al Responsable de Familia para poner en conocimiento de dicho responsable lo sucedido, enviando la queja («En función a los hechos que a continuación les expongo, me veo en la obligación de informarles…»), solicitando que tomen las medidas oportunas al respecto (posiblemente no harán nada, pero a efectos legales ya están informados), dependiendo de si dependen de a un hospital, a un Ayuntamiento, deberás informas a unos u otros, cuando te digan en el Colegio Oficial que se va a mirar el caso.
Esperamos que esta guía te pueda ayudar, te recomendamos también que lo consultes con tu abogado y que la carta que envíes sea revisada por él. Te informamos que este tipo de quejas no son penales ni van a ser tramitadas por ningún juzgado, pero es importante poner en conocimiento de los Colegios Oficiales cuando un colegiado está infringiendo el código deontológico y la ley, ya que debido a su mala praxis, hay vidas que pueden ser destruidas o desprotegidas. El Colegio Oficial puede sancionar a los profesionales que hayan ejercido mala praxis, incluso en algunos casos, pueden ser expulsados de dicho colegio. Además, todo ello se puede utilizar en un procedimiento judicial si llega el caso.
Nota: No es obligatorio darse de alta en algunos Colegios Oficiales, lo importante es que el profesional tenga la titulación válida para ejercer de lo que está ejerciendo, ya que de no tenerla, podría estar cometiendo un posible delito de «Intrusismo Profesional». Por ejemplo pueden existir casos de Trabajadores Sociales que están ejerciendo y haciendo informes como si fueran terapeutas o psicólogos sin tener la titulación para ello.
Según el artículo 403 del Código penal:
«1. El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de doce a veinticuatro meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de seis a doce meses.
2. Se impondrá una pena de prisión de seis meses a dos años si concurriese alguna de las siguientes circunstancias:
a) Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido.
b) Si el culpable ejerciere los actos a los que se refiere el apartado anterior en un local o establecimiento abierto al público en el que se anunciare la prestación de servicios propios de aquella profesión».
Por último, en muchas ocasiones los Colegios Oficiales suelen tapar la mala praxis de los colegiados no aceptando la queja interpuesta. En ese caso, si tiene una base sólida de pruebas para ir contra al profesional que se ha denunciado, existe la opción de interponer acciones Legales Contencioso Administrativas contra dicho colegio por ocultar dicha mala praxis, a través del Tribunal Superior de Justicia, claro está, si al final se opta ir por esta vía, será con el coste adicional de abogado y procurador. para interponer la demanda.
Información de ayuda adicional sobre Colegios Oficiales en España:
Listado de Colegios Oficiales de Abogados en España
Listado de Colegios Oficiales de Trabajadores Sociales en España
Listado de Colegios Oficiales de Psicólogos en España
Listado de Colegios Oficiales de Educadores Sociales en España
Plantilla ejemplo Carta Queja Colegios Oficiales:
«Ciudad, día y mes, de año
Att. Comisión Deontológica ………
DIRECCIÓN Colegio OficialEstimado Señores,
Mi nombre es …….., con DNI …….., con domicilio a efectos de notificación en ……….., con teléfono de contacto …….. y correo electrónico……
El motivo de mi carta es poner una queja ante el Ilustrísimo Colegio de ….., contra el/la letrada / trabajadora social/educadora social / psicóloga (lo que corresponda) con número de colegiado nº ………, Don/Doña (nombre y apellidos)…….por posible “mala praxis”, “falsedad documental” y “prevaricación administrativa”, así como por infringir varios artículos del código deontológico.
EXPONGO:
Contar historia y si está infringiendo alguna posible ley, qué artículos del código deontológico creemos que está infringiendo y por qué.
Como saben, la “prevaricación administrativa” está recogida en el artículo 404 del código penal, donde se tipifica entre otras cosas que no puede dictarse una resolución administrativa, no adecuada a derecho, cuya ilicitud sea en tal grado que pueda calificarse de manera notoria y evidente, como «injusta» o, como actualmente la define el artículo 404 del código penal de resolución arbitraria. En este caso se ha dictado una resolución administrativa a sabiendas de su ilicitud, con intención deliberada y plena, con conciencia de la ilegalidad del acto realizado, o sea, concurriendo los elementos propios del dolo.
El delito de la “falsedad documental” se recoge en los artículos 390 al 399 del código penal y se comete cuando el autor altera, simula, modifica o falsifica un documento o parte del mismo. Se considera falsedad documental tanto la creación de un documento nuevo a partir del falso como la adulteración de uno de los elementos del documento y para su comisión se requiere la existencia de dolo falsario.
El art 390 del CP, señala como conducta típica del delito cualquiera de las siguientes:• Alterar un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.
• Simular un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.
• Suponer en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuir a las que han intervenido en él, declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.
• Faltar a la verdad en la narración de los hechos.Don/Doña………….. ha determinado en sus informes que (lo que corresponda que estimamos que es mentira y que está infringiendo el código deontológico, además de alguna ley si es así…que está perjudicando a tu persona).
En relación a lo que expone en la resolución judicial /sentencia judicial / informe de la UFAM, en la declaración del juzgado, etc.. (sentencias que tú tengas, informes que tú tengas probatorios…):
Ejemplo:
– Auto Judicial número ……… (número de prodecimiento número) de fecha………, página …… párrafo ……….:
“Cita de lo que se expone”.
– Informe UFAM, fecha…..:
“Cita de lo que se expone”.
– Informe Ministerio Fiscal, fecha…..:
En relación al Código Deontológico del Ilustre Colegio de ………. debo decir, que (nombre del profesional contra el que se va a poner la queja) estaría incumpliendo, a mi modo de ver, varios artículos:
Artículo 1. Bla bla bla
1. Exponer el artículo del código deontológico correspondiente.
Explicación de por qué se infringe este artículo
Artículo 25. Bla bla bla
2. Exponer el artículo del código deontológico correspondiente.
3.
Explicación de por qué se infringe este artículoPor lo tanto y a mi entender, dicho informe, el cual está firmado por Don/Doña ………. es totalmente parcial, sesgado y subjetivo:
– Aportan su mera opinión que no se basa en ningún fundamento y evidencia
– No tienden a criterio profesional ni ético y carece de imparcialidad
– Difama a mi persona sin evidencias
– Y está cometiendo presuntamente un delito de Injurias y Calumnias
– No se ajusta a la Ley (si es verdad que no se ajusta a la Ley)
– Dicho informe carece de ética y profesionalidad al decidir de forma unilateral, sin tener en cuenta y obviando de forma intencionada, pruebas judiciales, informes policiales, informes de médicos e incluso de fiscalía (poner lo que corresponda) sobre…… (el tema que corresponda).Todo esto ha sido utilizado y a día de hoy sigue siendo utilizado en contra de mi persona tanto administrativamente como judicialmente (lo que corresponda), a pesar de haber pruebas judiciales, policiales, fiscales y médicas, (lo que corresponda) y con ello, además, se está poniendo en riesgo la vida de mis hijos (si corresponde, si no corresponde no ponerlo).
Por todo ello, me veo en la obligación a denunciar a Don/Doña ………… por no tener ética profesional, por posiblemente estar incumpliendo varios artículos del código deontológico del Ilustre Colegio de ………….. y estar incurriendo en un posible delito de “prevaricación administrativa”, por estas razones (resumen de las razones)………….. y de “falsedad documental” por estos motivos (resumen de los motivos).
Adjunto les envío la siguiente documentación probatoria:
1. Documento 1. Bla bla bla
2. Documento 2. Bla bla bla
3. Documento 4. Bla bla bla
4. DNI
5. Carta queja firmada contra Don/Doña…..Sin más me despido de usted agradeciendo de antemano su atención y esperando en breve noticias suyas al respecto, esperando que tomen las medidas que estimen oportunas al respecto.
Un cordial saludo
Nombre y firma»