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Cuando la Tortura Psicológica proviene de las Instituciones Públicas y de los Medios de Comunicación

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Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de la Unión Europea:

Artículo 3. Prohibición de la tortura.        

Nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes”.

La tortura tiende a destrozar al individuo física y psicológicamente, haciendo que pierda la confianza en el resto de personas y rompiendo todos sus vínculos con la sociedad.

Muchas formas de tortura psicológica tienen como objetivo destruir la auto imagen normal del sujeto al eliminarlo de cualquier tipo de control sobre su entorno, creando un estado de impotencia aprendida, regresión psicológica y despersonalización. Estas técnicas incluyen la fragmentación del ego y otras formas de privación sensorial, causando un dolor y un sufrimiento que entran dentro de la categoría del “trato cruel, inhumano o degradante” o bien dentro de la categoría de la tortura. Este tipo de tortura se incluye en la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas de 984. Según ese texto, por tortura se entiende todo acto que consiste, para un agente de la función pública, en infligirle de manera intencionada a una persona “un dolor o sufrimientos graves, físicos o mentales” con un objetivo.

Artículo 1 Convención contra la Tortura, la define de la siguiente manera:

“A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término “tortura” todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas”.

Imagínense lo que sucede cuando la tortura psicológica, el acoso mediático y aislamiento social viene promovido por parte de las Instituciones Públicas y los Medios de Comunicación, sobre todo porque en un Estado de Derecho, lo mínimo que se espera es que dichas Instituciones velen por la seguridad y los derechos, fundamentales, constitucionales y humanos de todos los ciudadanos por igual. Ante un hecho así, el sujeto queda completamente desamparado y abandonado.

Tratado Unión Europea:

Artículo 2

“La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres”.

Pues bien, en España, aunque se intente ocultar la realidad, según el último informe de 2023 datos del Poder Judicial (1er trimestre), una media de 515 hombres heterosexuales, son detenidos por día con tan sólo la palabra de una mujer. A pesar de que cerca del 80% de estos hombres son declarados INOCENTES, tienen que pasar por la desagradable y traumática experiencia de ser detenidos, metidos en un calabozo, en muchas condiciones con condiciones insalubres, donde les quitan los cordones de los zapatos para que evitar que puedan intentar ahorcarse, privándoles de sus derechos, su dignidad y sus libertades, con el consecuente señalamiento, culpabilización y aislamiento social por el mero hecho de ser denunciado y de ser hombre, con la separación automática de sus hijos a los cuales puede que esté sin verles años, pérdida de su casa, pérdida de trabajo en muchas de las ocasiones, en definitiva, se quedan en la indigencia perdiendo absolutamente todo lo que tienen y lo que más quieren en la vida. Todo ese proceso no es solamente difícil, sino también inútilmente doloroso de cara a una sociedad que les condena de antemano sin pruebas, con tan sólo el “hermana yo sí te creo”; pasan a ser unos parias de la sociedad, unos apestados, lo pierden todo y son completamente maltratados y torturados psicológicamente por las Instituciones Públicas, apoyadas por los medios de comunicación fieles servidores (todo por una subvención).

Nadie, absolutamente nadie, sabe lo que estos hombres inocentes y sus familias pueden llegar a sufrir psicológicamente, nadie puede saber lo que es experimentar que te arrebaten tus derechos, tu dignidad, tu libertad, tus hijos, tu casa, tu trabajo, tu VIDA y encima te insulten, te señalen, mientan sobre ti públicamente, simplemente porque “se ha hecho de un drama un negocio”. Pero lo peor de todo ello, lo más doloroso, es como todo ese proceso arrasa con tus hijos y los hace sufrir de una manera inhumana. Sólo aquel que lo ha sufrido y que lo ha vivido, puede saber realmente la tortura psicológica que todo ello supone.

Ni todas las mujeres son santas, ni todos los hombres satanás. ANAVID Ni todas las mujeres son santas, ni todos los hombres satanás. ANAVID. Ley Igual Para Todos.

¿QUÉ DICE LA UNIÓN EUROPEA RESPECTO A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA?

Directiva Europea DOUE-L-2016-80440 343/2016

(16)

“Se vulneraría la presunción de inocencia si las declaraciones públicas de las autoridades públicas, o las resoluciones judiciales que no fuesen de condena se refiriesen a un sospechoso o acusado como culpable mientras no se haya probado su culpabilidad con arreglo a la ley. Dichas declaraciones y resoluciones judiciales no deben reflejar la opinión de que esa persona es culpable. Todo ello sin perjuicio de los actos procesales encaminados a demostrar la culpabilidad del sospechoso o acusado, como por ejemplo el escrito de acusación, y sin perjuicio de las resoluciones judiciales como resultado de las cuales adquiere eficacia una condena suspendida, siempre y cuando se respete el derecho de defensa. Se entiende, asimismo, sin perjuicio de las resoluciones preliminares de carácter procesal, adoptadas por las autoridades judiciales u otras autoridades competentes y que se basen en sospechas o pruebas de cargo, como las resoluciones relativas a la prisión preventiva, siempre y cuando no se refieran al sospechoso o acusado como culpable. Antes de adoptar una resolución preliminar de carácter procesal, la autoridad competente debe comprobar previamente que existen suficientes pruebas de cargo contra el sospechoso o acusado que justifiquen la resolución de que se trate, y la resolución podría contener una referencia a dichas pruebas”.

Sentencia 8/2017, de 19 de enero de 2017. Recurso de amparo 2341-2012. Tribunal de Derechos Humanos conrta el Reino de España:

«No puede admitirse que se siembren sospechas sobre la inocencia de un acusado tras una absolución que haya adquirido carácter de firmeza (Sekanina, anteriormente citada, § 30). Una vez que la absolución es firme —aunque se trate de una absolución con el beneficio de la duda— conforme al artículo 6 § 2 del Convenio, la siembra de dudas sobre la culpabilidad, incluidas aquellas respecto de las causas de la absolución, no son compatibles con la presunción de inocencia (Rushiti, anteriormente citada, § 31). En efecto, unas decisiones judiciales posteriores o unas declaraciones que emanen de Autoridades públicas pueden plantear un problema desde la perspectiva del artículo 6 § 2 anteriormente citado si equivalen a una declaración de culpabilidad que ignora, deliberadamente, la absolución previa del acusado (Del Latte c. Países Bajos, no 44760/98, § 30, 9 de noviembre de 2004).

40. El TEDH apunta que, en aplicación del principio in dubio pro reo, ninguna diferencia cualitativa debe existir entre una absolución fundada en una inexistencia de pruebas y una absolución resultante de una constatación de la inocencia de manera incontestable«.

FÁBULA SOBRE LA TORTURA PSICOLÓGICA Y SUS CONSECUENCIAS

En el año 1983 John Landis dirigió la película “Trading Places” (Entre Pillos Anda el Juego), fue escrita por Timothy Harris y Herschel Weingrod y protagonizada por Dan Aykroyd, Eddie Murphy, Jamie Lee Curtis, Ralph Bellamy, Don Ameche, Denholm Elliott y Paul Gleason.

La sinopsis de la película va sobre dos hermanos ricos que viven en la ciudad de Filadelfia, entre los cuales, existe una gran rivalidad. Son dos hombres de negocios, Randolph (Ralph Bellamy) y Mortimer (Don Ameche) Duke que tienen una discusión acerca de si una persona es pobre o rica debido al origen social o a la genética. Tras dicha discusión, deciden hacer un “experimento sociológico” apostando 1$ para ver quién tiene la razón. A cambio, deciden jugar con dos vidas humanas, por un lado arruinando a un hombre rico que trabaja en su compañía y por el otro, poniendo al mando de dicha compañía en manos de un hombre pobre.

Para consumar su “experimento sociológico”, estos dos hombres de negocios le preparan una trampa al hombre rico el cual trabaja en su empresa y le culpan de haber robado sin ser cierto. Tras ello, al hombre rico culpado falsamente le meten en prisión, se queda sin casa, sin dinero, sin amigos, sin novia, perdiendo TODO lo que tiene en su vida y convirtiéndose en un “sin techo”. Además de ser considerado y señalado por la sociedad un ladrón, a pesar de ser inocente, es insultado, señalado, ignorado y considerado un parias por la sociedad. En un momento determinado de la película, este hombre llega a tal punto de desesperación, desamparo, soledad y a tal límite de locura, tortura psicológica y desconexión social, que en un momento dado, intenta suicidarse fallando en el intento, para más tarde intentar cometer un asesinato.

Es tal la angustia y la desesperación que sufre por la injusticia de saber que es un hombre inocente y nadie le cree, por las calumnias e injurias que pesan sobre él, que le da igual todo lo que le pueda pasar.

Todo ello, porque hay dos hombres de negocios ricos, que han decidido hacer un “experimento sociológico” y jugar con dos vidas humanas sin importarles las consecuencias y el dolor y sufrimiento que todo ello les puede causar a estas dos personas. Estos dos hombres manipulados, al final de la película descubren dicho “experimento social” y a partir de ahí se unen y traman un plan contra estos dos hombres de negocios para que pierdan todo su dinero y sepan lo que es perderlo todo en la vida. Imaginad el enfado de estos hombres de negocios al ver que esos dos “mindundis” les dejan en la miseria.

CONCLUSIÓN DE ESTA FÁBULA

Todo lo que sufre psicológicamente y vive este personaje INOCENTE falsamente acusado y vilipendiado por la sociedad, la tortura psicológica a la cual está sometido desde que le inculpan de manera falsa perdiendo TODO en su vida, todas las decisiones que en un momento dado dicho personaje decide tomar debido a esa situación tan traumática para él, SON ENTENDIBLES, pero NUNCA JUSTIFICABLES.

Por ello y en relación al artículo que cierto periódico ha publicado manipulando, mintiendo y tergiversando completamente la realidad de un comunicado emitido por ACSIM, Asociación Contra el Secuestro Internacional de Menores (que se puede esperar de un periódico cuya directora acusa de pederasta a un hombre inocente y que un año más tarde para evitar ser condenada, se retracta en sus palabras, volviendo a acusar a otros hombres inocentes de pederastas), desde ANAVID queremos comunicar que CONDENAMOS cualquier tipo de violencia venga de quien provenga, independientemente del sexo, edad, orientación sexual o etnia y NUNCA justificaremos ni hemos justificado ningún maltrato, secuestro, abuso o asesinato, independientemente de quien lo haya cometido.

Desde ANAVID, somos responsables de lo que decimos, NO de lo que otros entiendan, perciban, quieran interpretar o tergiversar. Para aquellos que no saben la diferencia entre “ENTENDER” una situación personal límite proveniente de una tortura psicológica o física y “JUSTIFICAR” un delito, les recomendamos consultar la RAE.

Tortura psicológica mediática e institucional en España

Muy desesperados tienen que estar cuando intentan vilipendiar, injuriar y calumniar, a una asociación tan insignificante como nosotros, utilizando para ello, la mentira, la tergiversación y la manipulación de las palabras que ACSIM puso en su comunicado en relación al secuestro de dos niños por parte de su madre condenada en España por sustracción de menores, a la cual el gobierno llama «madre protectora». Puede que el acoso mediático se deba a que algunas vean peligrar su subvención, o porque han perdido su sillón. Eso nos indica que vamos por el buen camino. La frase perfecta que podría explicar el “enrabietamiento” de ciertas personas está escrita en una obra de arte, “El Quijote”: “Ladran Sancho, señal de que cabalgamos”.

Somos pequeños e insignificantes, pero también valientes y no tenemos nada que perder. Aquellas personas que han creado de un drama un negocio, sí tienen mucho que perder, por ello ladrarán, mandarán a sus siervos a acosar y señalar, mentirán, manipularán y ocultarán cifras y datos, torturarán psicológicamente a través de los medios y de las Instituciones, calumniarán e injuriarán utilizando la técnica del Ministro de Propaganda Nazi Goebbels («injuria que algo queda», «repite una y otra vez una mentira y se convertirá en realidad»).

A aquellos que se creen con la autoridad y superioridad moral para señalar, acusar y torturar psicológica y públicamente a personas inocentes y a todo aquel que no piensa como ellos; a aquellos que desprecian el Poder Judicial y la Independencia de Poderes; que faltan al respecto a todas y cada una de las víctimas a las que ignoran, incluidas mujeres maltratadas; a aquellos que les importa la vida de una mujer o un niño exclusivamente cuando el asesino o el maltratador es el marido o el padre, pero que desechan otras vidas cuando la asesina o maltratadora es la madre, la novia, el primo, el tío.., les decimos, que parte de la sociedad ha dicho BASTA, basta de mentiras, basta de jugar con las vidas humanas, basta de destruir la vida de niños, basta de utilizar el dinero de los ciudadanos, basta de utilizar las muertes de mujeres para obtener rédito económico y político.

No negamos que exista la violencia hacia la mujer, claro que existe la violencia sobre la mujer, pero también sobre los niños y los hombres. Lo que negamos, es que todas las mujeres sean «seres de luz» incapaces de asesinar, abusar, secuestrar y maltratar, pero esto no lo afirmamos nosotros, lo afirma la ciencia y la criminología. Al igual que los hombres pueden ser abusadores, maltratadores, asesinos y secuestradores, también las mujeres pueden serlo y deben ser condenadas por ello, exactamente igual que si dichos delitos fuesen cometidos por un hombre. De eso se trata la IGUALDAD ante la Ley.

NO hay excusa y menos por parte de un Estado, Gobierno o un Ministerio de «supuesta Igualdad» para JUSTIFICAR que las mujeres asesinen, abusen, maltraten o secuestren, NINGUNA, para negar, ignorar, ocultar y NO condenar la muerte, el maltrato, abuso o asesinato cuando el delito lo ha cometido la madre, el hermano, el tío, la novia, el hijo… tampoco debe existir justificación alguna para ignorar o JUSTIFICAR los asesinatos, secuestros, abusos y malos tratos de madres a sus hijos, de mujeres cuidadoras a ancianos, de mujeres a sus maridos..todo ello es hipócrita, indecente, inmoral, discriminatorio y una falta inmensa de respeto hacia esas víctimas por parte de las Instituciones Públicas y los Medios de Comunicación al discriminarlas, negarlas y ocultarlas, no existe JUSTIFICACIÓN posible ante tales delitos.

Por mucho que les pese, hemos venido para quedarnos, nuestro objetivo es ayudar y proteger a TODAS las víctimas, no sólo a parte de ellas, vamos a denunciar internacionalmente lo que está sucediendo y lo que están haciendo; nuestro objetivo es conseguir una normativa que respete los derechos fundamentales, constitucionales y humanos a través de una ley y de una justicia en donde todos los ciudadanos sean protegidos y condenados por igual independientemente del sexo, edad, etnia u orientación sexual. Si algo aprendimos de la historia, es que David, un insignificante muchacho, pudo acabar con Goliat.

Violencia Institucional en España debido a la Ley de Violencia de Género. Informes falsificados trabajadores sociales

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