Antonio se casa con una mujer y tienen una hija en Madrid.
➡️ La mujer maltrata al hombre cada día y le amenaza diciendo: “Como no hagas lo que yo quiero te voy a denunciar por violencia de género, me voy a llevar a nuestra hija a mi país y ni tú ni tu familia la vais a volver a ver jamás. Soy mujer, inmigrante, muy buena actriz y en tu puto país a mi siempre me van a dar la razón”.
(Existen grabaciones de audio peritadas donde se puede apreciar cómo trata la exmujer de Antonio a Antonio y existe una declaración ante notario del párroco que ofició el bautizo de la hija de Antonio, en la cual testifica que fue testigo de malos tratos verbales y psicológicos por parte de la exmujer de Antonio durante el bautizo y en dicho bautizo ella también amenazó con llevarse a la niña del país).
➡️ El hombre aguanta por su hija, ya que la mujer tiene antecedentes psiquiátricos y ha intentado suicidarse varias veces incluso delante de su hija.
➡️ Dicha mujer empadrona fraudulentamente a su madre y a su hermana en la casa en común que compró con su marido sin que su marido lo sepa. La madre y la hermana vienen de “vacaciones” desde su país a España y cuando llevan un mes en la casa le dicen al hombre que o se va de la casa o le denuncian por violencia de género.
➡️ Al Antonio no le quedó más remedio ante tal amenaza que irse de su casa, teniendo que dejar a su hija con ellas. A los pocos días de irse Antonio de su casa, la mujer sustrae cerca de 6.000€ de la cuenta de SU HIJA. Antonio lo denunció y a día de hoy esta mujer tiene pendiente un juicio oral en un juzgado de lo penal, por incurrir en dos presuntos delitos: apropiación indebida y administración desleal. Pero ya se sabe, la justicia es lenta cuando la mala es la “mujer”, el hombre lleva años esperando a que den fecha para el juicio.
➡️ Hombre busca abogada y dicha abogada le dice que para divorciarse de su mujer tiene que ir al padrón a pedir empadronamiento y que cuente con que su mujer le va a denunciar para separarle de su hija, quedarse con la casa y cobrar ayudas y obtener beneficios por mujer maltratada.
➡️ El hombre descubre que su suegra y su cuñada llevan años empadronadas en su casa sin vivir en España y le dice a su mujer que lo va a denunciar. El mismo día que lo denuncia ella le denuncia a él y es detenido y llevado a calabozo. Hay que puntualizar, que la mujer, días antes de denunciar a Antonio, casualmente BORRA todo el historial de mensajes que ella le había enviado por whatsapp a Antonio.
➡️ Las 3 mujeres tienen versiones contradictorias y la causa es archivada.
➡️ A lo 2 días la mujer de Antonio le vuelve a denunciar e involucra a su familia, tanto él como la familia tenían grabado todo y a pesar de que se demuestra con las grabaciones que ella ha mentido, no se deduce testimonio contra ella.
➡️ A partir de ahí, el hombre y su familia dejan de ver a la niña durante aproximadamente 10 meses (durante esos 10 meses, la ven lo equivalente a 6 días en horas) porque la mujer así lo decide a capricho y le dice al hombre que para ver a su hija tiene que firmar un acuerdo que ella ha preparado y si no la verá cuando lo diga un juez. Él se niega y demanda ante el juzgado y avisa del peligro que la niña puede correr en manos de la madre tanto en el juzgado como a servicios sociales pero hacen caso omiso.
➡️ La mujer se niega a escolarizar a su hija porque exige que para hacerlo tiene que ver a solas al hombre, él se niega, ella dice entonces que si el hombre no se hace cargo de todos los gastos del colegio de su hija, no la escolarizará. Él se niega y la niña se queda sin escolarizar. Meses más tarde, justo el día antes del juicio de medidas cautelares y tras el informe de servicios sociales el cual expone que la niña no está escolarizada, ella accede escolarizar a la niña y comienza a ir al cole.
➡️ La policía y la abogada recomiendan al hombre y a su familia, que las horas que la mujer permite al hombre estar en esos 10 meses con su hija incluso cuando haya visitas cuando se celebre el juicio que ninguno de los hombres de la familia estén a solas con la niña y que de la higiene y llevar al servicio ala niña, se encarguen las mujeres de la familia, ya que les advierten que lo siguiente que se suele hacer por este tipo de mujeres, es utilizar la “bala de plata” (acusar al otro progenitor o a alguien de la familia de abuso sexual a su hija) si ven que sus denuncias por violencia de género no prosperan…
➡️ Esta mujer terminó denunciando hasta en 5 ocasiones al hombre (todas las denuncias fueron denegadas) y denunció por abusos sexuales a los tíos paternos (hermano del hombre y su mujer) haciendo pasar por 4 exploraciones anales, vaginales y bucofaríngeas a su hija de 3 años en tan solo 2 meses. Dicha denuncia fue rechazada y a pesar de que quedó acreditado que los daños que se le infligieron ala niña fueron en el entorno MATERNO, NINGÚN FISCAL NI JUEZ HA IDO EN CONTRA DE ESA MUJER. Mencionar que dicho ser de luz ha llegado a llamar a su cuñada, mujer del hermano de Antonio, en un mensaje de whatsapp que ésta envió a Antonio, “vientre seco infertil”.
➡️ Además, durante el año que esta mujer tuvo a su hija, solicitó para ella más de 70 asistencias médicas sin que servicios sociales hiciera nada sin que la mujer informase prácticamente de nada al padre a pesar de ostentar ambos la patria potestad. El pediatra de la niña y la dirección de pediatría de un hospital de renombre de Madrid fueron valientes y lo denunciaron ante el juzgado, ante dichas denuncias, al equipo de servicios sociales, no le quedó más remedio que denunciarlo ante el juzgado.
➡️ Antonio ya había interpuesto varias denuncias en comisaría con anterioridad a la denuncia de los pediatras al comenzar su mujer a llevar a realizar las exploraciones invasivas a su hija y había denunciado ante el juzgado con pruebas sin NINGÚN ÉXITO. Acreditó que el daño hecho a su hija de 3 años, había sido en el entorno materno y los policías le dijeron cuando fue a interponer las denuncias que no podían detener a la mujer porque era “mujer” y podía haber represalias contra ellos si la detenían.
➡️ Ante la denuncia del pediatra, de dirección de pediatría del hospital de gran reputación y por fin de los servicios sociales que se unieron tras no hacer nada durante un año, la juez convocó un juicio urgente.
➡️ En dicho juicio urgente la mujer negó varias veces ante la juez que hubiera denunciado a los tíos de la niña, dijo que habría sido su abogado o el hospital. En relación a dicha denuncia contra los tíos paternos, la tía paterna se entero un año más tarde por una mamá del colegio de su sobrina, que la progenitora de su sobrina había estado pidiendo a dicha mamá del cole que testificara en contra de su marido y también le contó (la mujer de Antonio) que los tíos paternos habían abusado de su hija y lo que es peor, DICHA PROGENITORA había enviado fotos de las partes íntimas de su hija en carne viva a esta mamá del cole. Dicha mamá le dijo que no quería saber nada del tema y que ella no podía testificar en contra de su marido porque NUNCA le había visto maltratarla a ella ni a su hija y era un hombre muy agradable. Los tíos y la familia paterna demostraron con correos del colegio que la niña se encontraba perfectamente cuando estaba en el colegio y que era a las horas de estar con la madre después de recogerla del colegio, cuando la niña tenía los DAÑOS en sus partes íntimas, en un informe del hospital llegó a exponerse: “himen aparentemente roto (difícil exploración por la agitación de la paciente)”.
Las 4 cuestiones que nunca se han resuelto, ni nadie ha investigado:
- ¿Por qué la niña se encontraba siempre bien en el colegio, con sus partes íntimas en perfecto estado (a esa edad hay asistentes en el colegio que se encargan de llevar a los niños de 3 años al servicio y les limpian) y era a las horas de recogerla la madre y estar con ella cuando le aparecían “vulvovaginitis” y heridas inespecíficas en sus partes?
- ¿Por qué la mujer mintió la primera vez que llevó a urgencias a la niña y dijo que había vomitado varias veces y tenía fiebre desde hace 12h, cuando el colegio confirmó que la niña había estado en perfecto estado durante su estancia ese día en el colegio (era la época del COVID y tomaban todos los días a los niños la temperatura en los colegios)?
- ¿Por qué nunca dijo nada a nadie del colegio de lo que estaba sucediendo?
- ¿Por qué la mujer solicitó expresamente para su hija de 3 años una cuarta exploración anal y vaginal en un centro privado (esto lo negó en el juicio aunque existía un informe de dicho centro), a pesar de que ya había interpuesto la denuncia 5 días antes, el caso ya estaba judicializado y de que la niña llevaba sin ver a su padre y a la familia paterna durante esos 5 días, porque así lo decidió la mujer?
Repetimos, esto se ha archivado y no se ha ido más allá. ¿Qué hubiera pasado si lo hubiera hecho Antonio?
➡️ Con anterioridad a este juicio urgente y las 4 exploraciones anales, vaginales y bucofaríngeas que le hizo pasar la mujer a su hija de 3 años, se había celebrado el juicio de medidas cautelares, otorgándole la custodia a la mujer de su hija, le otorgaron la custodia gracias al testimonio del psiquiatra de ella, JEFE de un Centro de Salud Mental perteneciente al hospital de gran reputación mencionado con anterioridad, el cual testificó delante de la juez que NO ocurría nada porque la mujer se hubiera intentado suicidar en múltiples ocasiones incluso delante de su hija, que eso no podía afectar nunca a la niña.
➡️ Tras quedar acreditado en el juicio urgente el maltrato de la mujer a la niña y plantearse un posible “Munchausen por Poderes” por parte de la mujer en el juicio urgente, la juez retiró la custodia a la mujer ante el peligro que la niña corría con la madre y estipuló videollamadas todos los días entre madre e hija y visitas cada 2 fines de semana BAJO VIGILANCIA, 2 horas el sábado y 2 horas el domingo y designando un equipo psicosocial para el juicio del divorcio. Comentar que en el juicio urgente, la UFAM realizó un informe en contra de la mujer, tras un año de investigación del caso, en dónde expuso que la mujer no era víctima de violencia de género. Dicha mujer además, había entrado en cólera y gritado a los policías de la UFAM en varias de las ocasiones por no darle la razón y realizar el informe en contra.
➡️ En el juicio del divorcio volvió a testificar el psiquiatra de esta mujer, repetimos JEFE de un centro de salud mental. Dicho psiquiatra dijo que solicitar para su hija más de 70 asistencias médicas en un año (corresponde casi 2 de media por semana en un año) no era algo relevante ni importante, también expuso que el que hubiera hecho pasar a su hija por 4 exploraciones anales, vaginales y bucofaríngeas a su hija de 3 años no era relevante para él.
➡️ En el juicio del divorcio los técnicos del equipo psicosocial expusieron que la madre era un peligro para su hija y que no debía tener ni videollamadas con ella. Curiosamente, el fiscal que estuvo en el juicio urgente y que fue en contra de la madre y pidió la protección para la hija de Antonio solicitando que le dieran la custodia a él, fue cambiado por otro fiscal en el juicio de divorcio, el nuevo fiscal ni se había leído el caso.
➡️ La juez mantuvo en el juicio de divorcio el Auto que dicto en el juicio urgente manteniendo las mismas medidas para proteger a la niña de su madre y además le retiró a la mujer la patria potestad en temas médicos y de salud. También le otorgó a Antonio la casa familiar, la cual estba en condiciones insalubres cuando Antonio tomó posesión de ella.
➡️ En la apelación de divorcio, la mujer solicitó que le devolvieran la custodia, pero expuso que si no se la devolvían, al menos le dieran a ella y a su madre la casa familiar para vivir, porque ellas eran las realmente vulnerables, solicitando que su hija y su ex, Antonio, se fueran a vivir a casa de la abuela paterna. En dicha apelación para sorpresa de Antonio, la mujer presentó un certificado en dónde la Comunidad de Madrid la había acreditado como “VÍCTIMA”. Todo perdido en los juzgados, con la custodia retirada de su hija por continuo maltrato y un posible “Munchausen por Poderes”, la patria potestad en temas médicos retirada, con informe de la UFAM en contra y la Comunidad de Madrid (Cristina López Cobo y Patricia Reyes) a través del Ayto de Madrid (Jose Aniorte y José Fernández) y el #CAPSEMNorte utilizando exclusivamente la palabra de ella, la acreditaron como víctima.
➡️ Antonio lo puso en manos de abogados, demandó a la Comunidad de Madrid y emplazó a su exmujer en dicha demanda y en noviembre de 2023 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid le dio la razón a Antonio, diciendo que la acreditación de víctima a dicha mujer era NULA por no estar acorde a derecho. La exmujer de Antonio, interpuso un recurso de ampara ante el Tribunal Supremo (le sale gratis) y el TS, rechazó dicho recurso de Amparo imponiendo las costas a la mujer de Antonio. A día de hoy, el Ayuntamiento de Madrid y desobedeciendo la Sentencia del TSJM, sigue atendiendo a dicha mujer como víctima. Al acreditar a esta “FALSA VÍCTIMA” como “VÍCTIMA” e ignorar la Sentencia del TSJM, la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento (a través del CAPSEM Norte), podrían haber incurrido y estar incurriendo de manera continuada en varios delitos: Prevaricación Administrativa, Fraude de Ley, Desobediencia Judicial, Falsedad Documental y Malversación de Caudales Públicos.
➡️ La AP, rechazó la apelación de divorcio de la exmujer de Antonio confirmando la Sentencia de Divorcio.
➡️ Años después de estar la niña a salvo con Antonio y la familia paterna y de seguir sin reconocer nada de lo que ha hecho a su hija, la exmujer de Antonio ha interpuesto una Demanda de Modificación de Medidas para que le devuelvan la custodia de su hija. Para sorpresa de nadie, el equipo psicosocial que fue en contra de la mujer en el juicio de divorcio y recomendó que la madre de la niña no tuviera siquiera videollamadas con su hija, ha sido eliminado de la ecuación y ha sido sustituido por dos mujeres (Psicóloga y Trabajadora Social), las cuales han realizado un informe totalmente parcial a favor de la mujer, sin hablar con el colegio, ni con los pediatras, ni con servicios sociales (el CAI), ni con la familia paterna, que son los que llevan viendo la evolución tan positiva de la niña durante años, desde que le retiraron la custodia a la exmujer de Antonio.
Tampoco han visto la relación que Antonio tiene con su hija. Tenemos que denunciar, además que estas dos mujeres, este equipo psicosocial ha mentido en hechos que han sido acreditados y que obran en Autos del juzgado, se han inventado hechos con respecto a la vida de Antonio, y se han inventado resultados de test oficiales utilizados para realizar los informes psicosociales en el juzgado, no porque lo digamos nosotros, sino porque existen guías oficiales con los parámetros y resultados concretos y porque una de las co-autoras de uno de los test que se utiliza en todos los juzgados de España ha confirmado en un informe contra-pericial que se han inventado los resultados del test del cual ella ha sido co-autora, en dicho informe han ocultado resultados que iban en contra de la mujer como que ésta puede padecer un “grave trastorno paranoide”. Asimismo, la exploración que han realizado a la hija de Antonio (tan sólo unos 50 minutos en un ambiente hostil para la niña), no ha sido grabada y las conclusiones que han obtenido no le han realizado o han ocultado que batería de pruebas psicológicas oficiales han realizado a la hija de Antonio. Manipular un informe pericial, podría ser tipificado como delito por un tribunal de justicia.
Si a nadie le entra en la cabeza que una mujer maltratada (de las de verdad) siga teniendo contacto con su maltratador o incluso pueda volver a convivir con él, ¿por qué con los niños si se hace?
Esperemos y confiamos en que la juez que conoce todos los antecedentes de hecho, actúe pensando en el Bien Superior y la Seguridad de esta niña y siga protegiéndola como ya hizo en su día, ya que su progenitora y exmujer de Antonio, ha manifestado en múltiples ocasiones, “si la niña no es para mi, no será para nadie”.
Si quieres leer también puedes leer el testimonio y cronología de cuando la mujer denunció en falso por ASI a los tíos paternos: 2ª testimonio Antonio, cómo ser mujer y destruir la vida de tu hija y sus tíos paternos denunciándoles falsamente por ASI